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Procédure collective
MOTORGAL UNION SA
CIF A36982213Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 06/06/2016 → 18/07/2017
- Procédure
- 166/2016
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso18/07/2017⚖️ VIGOProc. 166/2016Ordonnance 28/06/2017
Edicto. Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Aministración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Por el presente hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal número 166/2016 referente al deudor MOTORGAL UNIÓN, S.A., con CIF A-36982213 por auto de fecha 28 de junio de 2017 se ha acordado lo siguiente: 2. Decretar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 3. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 4. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales. 5. Se acuerda la extinción de la entidad mercantil y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Vigo, 28 de junio de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso06/06/2016⚖️ PONTEVEDRAProc. 166/2016Ordonnance 09/05/2016
Edicto. Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgada de lo Mercantil n.° 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Hago saber: Que en la Sección 1 Declaración Concurso 166/2016, seguida en este Juzgado, se ha dictada con fecha 9 de mayo de 2016 Auto acordando lo siguiente: 1º.- Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Motorgal Unión S.A., con C.I.F. A-36982213, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Gandarón, n.º 48, 36214, de Vigo (Pontevedra). 2º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la deudora. 3º.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal. 4º.- La Administración concursal designada está integrada por el Abogado D. José Luis Rubianes Ferro, con DNI 35299920-A, domicilio en la calle Urzáiz, n.º 40, 2.ª planta, 36201, de Vigo; teléfono 986441102, fax 986441102, y e-mail [email protected]. 5º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal (LC). Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la LC). Vigo, 25 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.