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Procédure collective
MUDANZAS GALLEGO SL
CIF B47510227Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 28/06/2012 → 29/01/2020
- Procédure
- 185/2012-F
- Tribunal
- MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso29/01/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 185/2012-FJuge : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAOrdonnance 28/01/2020
SE ANUNCIA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO
- Declaración de concurso28/06/2012⚖️ VALLADOLIDOrdonnance 08/06/2012
Edicto D.ª M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario/a Judicial de Jdo.de lo Mercantil n.º1 de Valladolid, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 185/12 Y NIG n.º 47,186 47 1 2012 0000250 se ha dictado en fecha 8 de junio de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mudanzas Gallego, S.L., con CIF B47510227 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Turquesa, nº 59 Polígono San Cristóbal Valladolid. 2.º Se ha acordado que la deudora conservara las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización. Se ha designado, como administración concursal a don Tomás Husillos Vinegra, con domicilio postal en calle Perú, 15, 3.º D Valladolid y dirección electró[email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. Valladolid, 11 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.