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Procédure collective

MUDECOR SL

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Publications
3 — 09/01/2012 → 20/01/2014
Procédure
723/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal20/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridOrdonnance 18/12/2013

    Edicto. D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: Que con fecha 18 de diciembre de 2013 se dictó auto acordando la Conclusión por el Magistrado D. Jesús Alemany Eguidazu, del concurso con n.º 723/11 referente al concursado Mudecor, S.L., con NIF B-78400967, con archivo de las actuaciones. En Madrid a, 18 de diciembre de 2013. Madrid, 20 de diciembre de 2013.- Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación25/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 723/2011Ordonnance 24/09/2012

    Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la LC, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 723/2011 referente al concursado Mudecor, S.L., con CIF B-78400967 por auto de fecha 24 de Septiembre del 2012 se ha acordado lo siguiente: 1.º Abrir la fase de liquidación del concurso. 2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC, que serán sustituidas por la administración concursal. 3.º Se declara la disolución de la concursada. Madrid, 24 de septiembre de 2012.- Secretario judicial.

  3. Otro acto concursal09/01/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridOrdonnance 13/12/2011

    Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 723/11, se ha declarado en concurso al deudor Mudecor, S.L., con CIF: B-78400967 y con domicilio en la calle Oudrid, n.º 9, en Madrid 28036. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de quince días a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 13 de diciembre de 2011.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.