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Procédure collective

MUMA PLANET SL

CIF B65216236Voir la fiche société

Publications
229/12/201411/08/2016
Procédure
981/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso11/08/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 981/2014Ordonnance 16/06/2016

    Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 981/2014, en el que se ha dictado Auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad MUMA PLANET, S.L., con CIF B65216236, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 981/2014 sección C4. NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8008121. Entidad concursada: MUMA PLANET, S.L., con CIF n.º B65216236. Tipo del concurso: Voluntario. Fecha del Auto de conclusión: 16 de junio de 2016. Barcelona, 16 de junio de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia sust.

  2. Declaración de concurso29/12/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 981/2014Ordonnance 11/12/2014

    Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 981/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Muma Planet, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 981/2014 Sección C4. NIG del procedimiento.- 0801947120148008121. Entidad Concursada.- Muma Planet, S.L., con CIF n.º B65216236. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 18/11/2014. Administrador/es concursal/es.- Francisco Vizcaíno Sánchez, DNI n.º 51970755R; domicilio en Badalona (Barcelona), Calle Termes Romanes, 6, teléfono 933892200 y correo electrónico [email protected] Facultades del Concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 11 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.