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Procédure collective

MUÑOZ RUIZ SA EN LIQUIDACION

CIF A29025368Voir la fiche société

Publications
311/04/201212/05/2023
Procédure
94/2012
Tribunal
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal12/05/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 94/2012Juge : CARMEN MARIA CASTRO AZUAGAOrdonnance 03/05/2023

    Se acuerda conceder un PLAZO DE DIEZ DIAS a las partes personadas y demás interesados, para que se pronuncien sobre la procedencia de autorizar o no la venta, así como para que puedan mejorar la oferta de compra que acompaña al escrito.

  2. Otro acto concursal10/05/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 94/2012Juge : CARMEN MARIA CASTRO AZUAGAOrdonnance 11/05/2023

    Se acuerda conceder un PLAZO DE DIEZ DIAS a las partes personadas y demás interesados, para que se pronuncien sobre la procedencia de autorizar o no la venta, así como para que puedan mejorar la oferta de compra que acompaña al escrito.

  3. Otro acto concursal11/04/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaProc. 94/2012Ordonnance 23/03/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.-Que en el procedimiento número 94/2012, (NIG 2906742M20120000110) por auto de fecha 99/2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Muñoz Ruiz, S.A., con NIF A-29025368, domicilio en Málaga. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal la integra D. Salvador Cordero Vallejo, D.N.I: 25094830 J, vecino de Málaga, domicilio: C/ Sancha de Lara, 13, 5º izda., 29015 Málaga, profesión: Titulado Mercantil. Dirección de correo electrónico: [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera pero del concurso 94/2012 con el que se tramita conjuntamente. 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 23 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.