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Procédure collective
NANITRANS TRANSPORTES SL
CIF B94050929Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 14/11/2019 → 10/02/2025
- Procédure
- 0485/2019
- Tribunal
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valladolid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso10/02/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 0485/2019Juge : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAOrdonnance 06/02/2025
Auto firme de conclusión de concurso por finalización de la fase de liquidación e insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos.El cierre provisional de la hoja abierta del deudor , en el Registro Mercantil de Valladolid.
- Otro acto concursal08/01/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 0485/2019Juge : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAOrdonnance 11/12/2024
De conformidad con el artículo 478.3 del TRLC, remítase copia de la rendición de cuentas al Registro Público Concursal
- Declaración de concurso14/11/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de ValladolidOrdonnance 21/10/2019
EDICTO Doña Mª Begoña Ozamiz Bageneta, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valladolid, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I Declaración del Concurso Voluntario Abreviado 0000485/2019 y NIG nº 47186 47 1 2019 0000502 se ha dictado en fecha 21 de octubre de 2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor NANITRANS TRANSPORTES, S.L., con CIF B94050929, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid en la Autovía A62, kilómetro 117, que tiene solicitada la liquidación. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición de su patrimonio, sometidas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización. Se ha designado, como Administración concursal a Rosa María Joral Gutiérrez, con domicilio postal en calle Claudio Moyano nº 11, 1º C (47001 Valladolid) y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. Valladolid, 23 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª Begoña Ozamiz Bageneta.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.