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Procédure collective

NAO DESARROLLOS SL

CIF B73382236Voir la fiche société

Publications
619/03/202026/10/2020
Procédure
706/2008
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal26/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 706/2008Juge : CESAR ZENON CALVE CORBALANOrdonnance 01/10/2020

    Se tienen por presentados los textos definitivos por el Administrador concursal y quedando a disposición de los interesados en el Juzgado. Se concede plazo de diez días para su impugnación.

  2. Otro acto concursal26/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 706/2008Juge : MARIA DEL PILAR SANCHEZ CASTAÑOOrdonnance 01/10/2020

    Declaro a los deudores en situación de concurso consecutivo con todos los efectos inherentes

  3. Otro acto concursal26/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 706/2008Juge : ENRIQUE ARAUJO VIDAL.Ordonnance 01/10/2020

    Que por Auto de fecha 30.10.2019 aclarado por auto de fecha 4.12.2019 en el procedimiento con número de autos Procedimiento Concursal 1441/19 Secc 1ª ( General ) se ha declarado en concurso al deudor SANTIAGO BELTRAN PEÑARANDA , con DNI 48363421X

  4. Otro acto concursal09/10/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 706/2008Ordonnance 01/10/2020

    Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso 706/2008 de Nao Desarrollos, S.L., con CIF B-73382236, se dictó el 1 de octubre de 2020 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 465 del Texto Refundido de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 36, 482 y 552 del Texto Refundido de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 6 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  5. Otro acto concursal19/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 706/2008Juge : MANUEL RUIZ DE LARAOrdonnance 01/10/2020

    AUTO DE DECLARACIÓN Y CONCLUSIÓN DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA

  6. Conclusión del concurso19/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 706/2008Juge : FRANCISCO JAVIER RAMIREZ DE VERGER VARGASOrdonnance 01/10/2020

    QUE DEBO DECLARAR Y DECLARO LA CONCLUSIÓN DEL PRESENTE CONCURSO, POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA. SE ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA PERSONA JURIDICA, ASÍ COMO LA CANCELACIÓN DE SU INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PUBLICOS... "

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.