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Procédure collective

NASA PROMOCIONES SA

CIF A07297302Voir la fiche société

Publications
412/04/201102/02/2022
Procédure
20/2011 · 3/2011
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal02/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 20/2011Juge : ROCIO AGUDOOrdonnance 23/11/2021

    AUTO DECLARA EL CONCURSO VOLUNTARIO

  2. Conclusión del concurso02/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 20/2011Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 23/11/2021

    El anterior informe, con el contenido y los documentos del art. 292 de la Ley Concursal, presentado en su día por la administración concursal, únase al procedimiento. Tengo por emitido el informe de la administración concursal dentro del plazo legal

  3. Conclusión del concurso13/12/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 20/2011Juge : MARGARITA JUAN LOSAOrdonnance 23/11/2021

    CONCURSO 20/2011 MTIL 2 AUTO CONCLUSION DEL CONCURSO NASA PROMOCIONES S.A. Y GEST PROPIEDAD S.L.

  4. Declaración de concurso12/04/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 3/2011Ordonnance 28/03/2011

    Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000020/2011, se ha dictado a instancias de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Baleares "Sa Nostra", en fecha 25/3/2011 Auto de Declaración de Concurso del deudor Nasa Promociones, S.A., con CIF A07297302, Gest Propiedad, S.L., con CIF B07324825, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Palma. 2º.-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los declarados en concurso en las que serán sustituidos por la Administración Concursal. 3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal) Palma de Mallorca, 28 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.