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Procédure collective

NAVARD EMPRESA CONSTRUCTORA SL

CIF B80836059Voir la fiche société

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322/06/201110/05/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal10/05/2014
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 14/04/2014

    Edicto. Doña M.C. Sanz Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario n.º 238/11, C.I.F. B-80836059, en el que recayó Auto de fecha 12/04/13, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: - Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de Navard Empresa Constructora, S.L., y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento. - Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Madrid, 14 de abril de 2014.- Secretaria Judicial.

  2. Apertura de liquidación06/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridOrdonnance 19/01/2012

    Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 238/11, a instancias de la entidad Navard Empresa Constructora, S.L., con CIF B80836059, en el que recayó Auto de fecha 19 de enero de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal" "se acuerda la apertura de la fase de liquidación" "se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal" "Fórmese la sección sexta de calificación del concurso" "Se concede el término de 10 días, a contar desde la última publicación que se efectúe de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable" Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 19 de enero de 2012.- Secretaria judicial.

  3. Otro acto concursal22/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridOrdonnance 06/06/2011

    Edicto Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 238/11, en el que recayó Auto de fecha 6 de junio de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a Navard Empresa Constructora, S.L., con CIF n.º B-80836059" "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor" "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la publicación" Madrid, 9 de junio de 2011.- Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.