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Procédure collective

NETEGES OSONA SL

CIF B60366440Voir la fiche société

Publications
118/07/201718/07/2017
Procédure
379/2017
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso18/07/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 379/2017Ordonnance 08/06/2017

    Edicto Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: Concurso abreviado 379/2017. Sección: C5. NIG: 0801947120170000005. Fecha del auto de declaración y apertura de la liquidación: 8 de junio de 2017. Clase de concurso: Voluntario. Entidad concursada: Neteges Osona, S.L., con B60366440, con domicilio en calle Miramarges, 7, Vic. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Jaume Alonso-Cuevillas Sayrol, de profesión Abogado y Economista. Dirección postal: Calle Joan Obiols, 11, bajos, 08034 - Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12, Barcelona. Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 22 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.