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Procédure collective
NETEJES MAVESAN SL
CIF B17839903Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 07/05/2009 → 16/12/2014
- Procédure
- 281/2009 · 3/2009
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/12/2014⚖️ GIRONAProc. 281/2009Ordonnance 24/01/2013
Edicto. Don Jose Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 281/2009, se ha acordado mediante Auto de fecha 24 de enero de 2013 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Netejes Mavesan, S.L., con CIF B17839903, con domicilio en calle Roig i Raventós, número 13, de Lloret de Mar. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 24 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso07/05/2009⚖️ GIRONA.Proc. 3/2009Ordonnance 08/04/2009
Edicto Don Sergio Sánchez Montiel, Magistrado-Juez en sustitución del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso voluntario número 281/09 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Netejes Mavesan, S.L., con domicilio en c/ Roig i Raventós, número 13, CIF número B-17839903, siendo designados como Administrador/es Concursal/es a la letrada doña Nuria Prat Canal. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título. Al deudor se le han suspendido las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales. El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente Girona, 8 de abril de 2009.- El Magistrado-Juez.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.