Procédure collective
NICALEED SL
CIF B87896932Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 01/07/2020 → 10/11/2020
- Procédure
- 5/2020
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal10/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridProc. 5/2020Ordonnance 15/09/2020
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 5/2020 por auto de fecha15/09/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la mercantil NICALEED, S.L., con CIF B87896932, con domicilio en C/ de Valverde, n.° 40, local, bajo izquierda, C.P. 28004 Madrid (Madrid), por insuficiencia de masa activa del artículo 473 del TRLC. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485 TRLC, declarar su extinción. Madrid, 15 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
- Otro acto concursal01/07/2020⚖️ MADRIDProc. 5/2020Ordonnance 23/06/2020
Doña MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N° 4 DE MADRID, HACE SABER: 1. - Que en el Concurso Abreviado 5/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0240911, por auto de fecha cinco de marzo de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a NICALEED, S.L., con n° de identificación B87896932, y domiciliado en calle Valverde n° 40, local, bajo izquierda de Madrid 2. - Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. - Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4. - La identidad de la Administración concursal es don ANTONIO COSTANTINO PES, Abogado, con domicilio postal en calle Velázquez n° 27, 1º ex izda, 28001 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. - Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. - Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Expido y firmo la presente Madrid, 23 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.