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Procédure collective
NILLBEACH CONCEPT, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B76163104Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 15/10/2020 → 16/04/2021
- Procédure
- 300/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 300/2017Juge : EDUARDO ENRECH LARREAOrdonnance 12/03/2021
AUTO DE DECLARACION DE CONCURSO
- Conclusión del concurso16/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 300/2017Juge : JAVIER MAULEON ALVAREZ DEL LINERAOrdonnance 12/03/2021
Acuerdo conceder a los deudores concursados D. SONNY-ROBERTO CARRASCO PEREZ y Dña. ELISABETH PEREZ ALCANTARA el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en la modalidad del art. 178 bis de la LC, con carácter definitivo
- Conclusión del concurso24/03/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAOrdonnance 12/03/2021
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000300/2017, se ha dictado en fecha 12 de marzo de 2021, auto declarando la conclusión del concurso de las mercantiles NILLBEACH CONCEPT, S.L., y BEACH CONCEPT, S.L., con CIF B76163104 y CIF B76158930, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de BEACH CONCEPT, S.L. y NILLBEACH CONCEPT, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos: 1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal. 2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 3.- Se acuerda la extinción de las personas jurídicas concursadas y la cancelación de sus inscripciones en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme". Las Palmas de Gran Canaria, 18 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
- Otro acto concursal15/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 300/2017Juge : M JOSE ROIG SAPIÑAOrdonnance 12/03/2021
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado voluntario n 1299/2019 habiéndose dictado en fecha veinticinco de septiembre de dos mil veinte auto de declaración de concurso de acreedores y de conclusión por inexistencia de bienes.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.