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Procédure collective
NORGAPOR CISTER SL
CIF B94078706Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 22/01/2021 → 06/07/2022
- Procédure
- 264/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA · MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso06/07/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 264/2020Ordonnance 30/05/2022
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal29/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 264/2020Juge : MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ CABALLEROOrdonnance 30/05/2022
AUTO APRUEBA PLAN DE LIQUIDACIÓN. APERTURA DE LA SECCIÓN SEXTA DE CALIFICACIÓN. PLAZO DE 10 DÍAS PARA PERSONARSE EN DICHA SECCIÓN. (VER EDICTO)
- Otro acto concursal24/03/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 264/2020Juge : MANUEL MARQUINA ALVAREZOrdonnance 24/03/2021
Aprobación plan liquidación. Ver archivos adjuntos
- Apertura de liquidación19/02/2021⚖️ PONTEVEDRAOrdonnance 15/02/2021
Edicto. Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, anuncia: Que en la Sección I declaración concurso 264/20, referente al concursado NORGAPOR CISTER, S.L., por auto de fecha 15 de febrero de 2021, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso, formándose con testimonio de la presente la Sección Quinta, de liquidación, del mismo; no obstante continuarse la tramitación de la Sección Primera. 2.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley. 3.- Disolver la entidad concursada, NORGAPOR CISTER, S.L., con CIF B94078706, y cesar a sus administradores sociales, que son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 35, 552 y siguientes y 410 del TRLC). 7.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos (artículos 36 y 37 del TRLC). 8.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 416 y siguientes del TRLC. Pontevedra, 15 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
- Apertura de liquidación18/02/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 264/2020Juge : MANUEL MARQUINA ALVAREZOrdonnance 15/02/2021
Auto de fecha 15/2/21 abriendo la fase de liquidación
- Otro acto concursal11/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 264/2020Juge : JESSICA JULIAN IBÁÑEZOrdonnance 28/12/2020
Declaro a Antonia Maria Gomez Navas en concurso de acreedores voluntario y, al mismo tiempo, acuerdo la conclusión de las actuaciones por insuficiencia de masa activa
- Declaración de concurso22/01/2021⚖️ PONTEVEDRAOrdonnance 05/01/2021
Edicto Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 264/20 y N.I.G. número 36038 47 1 2020 0000483 se ha dictado en fecha veintiocho de diciembre de 2020 auto de declaración de concurso voluntario del deudor, Norgapor Cister, Sociedad Limitada, con C.I.F. número B-94078706, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Lugar de Celeiros, Outeiro, Ponteareas (Pontevedra). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.Se ha designado, como administración concursal a don Ángel Álvarez Valiñas, con domicilio postal en carretera A Gándara-Valladares 10, 36215 Vigo, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255, 256 y 257 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Pontevedra, 5 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.