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Procédure collective
NOROESTE SERVICIOS 2012 SL
CIF B86536638Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 04/05/2022 → 27/11/2024
- Procédure
- 400/2024 · 0000400/2024
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · Mercantil - 3
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación27/11/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 400/2024Juge : Maria Jose Peiro AspurzOrdonnance 11/11/2024
caracter voluntario del concurso,deber de comparecer con asistencia de letrado, Tramitar el procedimiento por los cauces del procedimiento abreviado, Acordar la cnclusión del concurso por insuficiencia de masa, Nombrar AC a María Calvé Mortes
- Apertura de liquidación19/11/2024⚖️ Mercantil - 3Proc. 400/2024Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 11/11/2024
Edicto
- Otro acto concursal19/11/2024⚖️ Mercantil - 3Proc. 400/2024Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 08/11/2024
Edicto
- Apertura de liquidación14/11/2024⚖️ Mercantil - 3Proc. 0000400/2024Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 11/11/2024
ACUERDA APERTURA FASE LIQUIDACION
- Otro acto concursal06/09/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 400/2024Juge : HERIBERTO JIMENO ALVAREZOrdonnance 16/07/2024
COMUNICACION INICIO NEGOCIACIONES ACREEDORES PARA ALCANZAE ACUERDO DE REFINANCIACION
- Otro acto concursal04/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 400/2024Juge : Berta Pellicer OrtizOrdonnance 15/07/2024
Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil AGEING WELL, S.L. dando por concluido el concurso en todas sus secciones y cesando todos los efectos de la declaración del concurso,
- Declaración de concurso04/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 400/2024Juge : ELENA FRAILE LAFUENTEOrdonnance 15/07/2024
informe final de liquidación y la rendición de cuentas presentados por la administración concursal por plazo de QUINCE DÍAS a los personados para que puedan oponerse, si a su derecho conviene, tanto a la conclusión del concurso como a la aprobac...
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.