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Procédure collective
NOU HOGAR REFORMAS DE EXTERIOR E INTERIOR SL
CIF B97634299Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 13/04/2010 → 28/12/2015
- Procédure
- 06/2015 · 213/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/12/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 06/2015Ordonnance 10/09/2015
Don Joaquín Andrés Sancho, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000213/2010 habiéndose dictado en fecha 10/09/15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1.-Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000213/2010, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Asins Hernandis, Rosario, en nombre y representación de la mercantil Nou Hogar Reformas de Exterior e Interior, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación 3.-Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don Miguel Ángel Pelaez Hernández, con DNI n.º 73563733-G, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.-Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Nou Hogar Reformas de Exterior e Interior, S.L., con CIF B-97634299, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.-Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 16/06/2015. Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Valencia, 10 de septiembre de 2015.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso13/04/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de ValenciaProc. 213/2010Ordonnance 29/03/2010
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 213/2010 habiéndose dictado en fecha 29 de marzo de 2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Nou Hogar Reformas de Exterior e Interior, S.L., con CIF. B-97634299, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Miguel Ángel Peláez Hernández, con NIF n.º 7356733-G, Abogado con despacho profesional en Valencia, Barón de Petrés, 3, 9.ª, 21-1.º expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 29 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.