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Procédure collective
NOUMAT SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43317262Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 28/11/2012 → 18/04/2015
- Procédure
- 723/2012
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso18/04/2015⚖️ TARRAGONAOrdonnance 07/04/2015
Edicto. Don Juan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de conclusión del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso n.º 723/12 -2. NIG: 4314847120128006040. Fecha del auto de conclusión: 07/04/15. Clase de concurso: Voluntario. Entidad concursada: NOUMAT S.L. con domilicio en C. Santiago Rusinyol, pol. Agro Reus 19, Reus (Tarragona), CIF n.º B43317262, representada por el procuradora M.ª Antonia Ferrer Martínez y bajo la dirección letrada de don Germán Aaranda León En Tarragona, 7 de abril de 2015.- Secretario Judicial.
- Declaración de concurso28/11/2012⚖️ TARRAGONAProc. 723/2012Ordonnance 06/11/2012
Edicto. El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, Por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 723/2012-2, se ha dictado en fecha 6 de noviembre de 2012, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de "Noumat, S.L.", con CIF B-43317262, y domicilio social en c. Santiago Rusiñol, pol. Agro Reus, 19, Reus (Tarragona), representada por la procuradora M.ª Antonia Ferrer Martínez, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal D. Vanessa Casas Du Bar con dirección de correo [email protected] la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de un mes, en dicho e-mail, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Tarragona, 19 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.