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Procédure collective

NOVAWORD TECHNOLOGIES SL EN LIQUIDACION

CIF B18553958Voir la fiche société

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205/05/201108/05/2013

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso08/05/2013
    ⚖️ GRANADAOrdonnance 08/04/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. Anuncia Que en el procedimiento concurso n.º 190/11 contra el deudor Novaword Technologies, S.L., con C.I.F. núm. B-18553958, por auto de 21 de diciembre de dos mil doce, rectificado por auto de 21 de enero de dos mil trece, se ha declarado la conclusión del concurso de conformidad con el art. 176.bis.3 de la Ley Concursal. Granada, 8 de abril de 2013.- Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso05/05/2011
    ⚖️ GRANADAOrdonnance 14/04/2011

    Edicto El Juzgado Mercantil numero uno de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 190/11, por auto de fecha veintiuno de marzo de dos mil once, se ha declarado en concurso voluntario abreviado la entidad Novaword Technologies, S.L. con C.I.F. num. B-18553958 y con domicilio en Plaza de los Campos num.4-escalera exterior 1.º b- C.P. 18009 Granada, donde tiene su centro de intereses principales. 2.º El deudor, conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos mediante correo certificado a la siguiente dirección de la Admon. Concursal: C/Conde Cifuentes Nun.33-3ºC- Dcha.C.P.18005 Granada. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Granada, 14 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.