Procédure collective
NOVELMAR SL
CIF B03475910Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 03/11/2010 → 30/12/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso30/12/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteOrdonnance 14/12/2010
Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento CONCURSO ABREVIADO - 000230/2010 - B sobre declaración de concurso de la mercantil NOVELMAR, S.L., con domicilio en paraje Campet, n.º 124 de NOVELDA, ALICANTE y C.I.F. número: B-03475910, se ha presentado por la Administración Concursal el INFORME preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de esta fecha, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamiento: Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de DIEZ DÍAS que se computará desde la publicación en el B.O.E, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. L.C.) Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en Alicante, 14 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal03/11/2010⚖️ ALICANTEOrdonnance 18/10/2010
Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber, que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado - 000230/2010 - B en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a Novelmar, S.L., con domicilio en Paraje Campet, nº 124 de Novelda, Alicante y CIF número B-03475910, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 1.460, folio 126, hoja A-14.528. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 18 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.