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Procédure collective
NOVOCOMP SA EN LIQUIDACION
CIF A28848349Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 12/04/2011 → 05/01/2012
- Procédure
- 70/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación05/01/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 70/2010Ordonnance 19/12/2011
Edicto Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 70/2010 referente al concursado NOVOCOMP, S.A., CIF n.º A-28848349, por auto de fecha 19 de diciembre de 2011, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la concursada NOVOCOMP, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y el tablón de anuncios del Juzgado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 19 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal04/06/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 70/2010Ordonnance 11/05/2011
Edicto. Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 70/2010, referente al deudor Novocomp, S.A., CIF A-28848349, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 11 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso12/04/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 70/2010Ordonnance 17/03/2011
Edicto D.ª Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 70/2010 se ha dictado a instancias de la procuradora Sra. Carmona Alonso, en representación de Pedro Varela Crespo en fecha 17 de marzo de 2011, auto de declaración de concurso necesario de Novocomp, S.A., con CIF n.º A-28848349, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Madrid, C/ Antracita, n.º 7, 2.ª planta, nave 12. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el BOE, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Madrid, 17 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.