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Procédure collective

NUVEL DEVELOPMENT SL

CIF B83352740Voir la fiche société →

Publications
6 — 08/05/2019 → 07/08/2023
Procédure
149/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID · Mercantil - 11 · Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal07/08/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 149/2019Juge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 31/05/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso07/08/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 149/2019Juge : MANUEL RUIZ DE LARAOrdonnance 31/05/2023

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso02/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 11Proc. 149/2019Juge : MANUEL RUIZ DE LARAOrdonnance 31/05/2023

    por auto de fecha 31/05/2023 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por término de la liquidación

  4. Otro acto concursal19/06/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 11Proc. 149/2019Juge : Maria Luisa Pariente VelliscaOrdonnance 15/06/2020

    Auto de aprobación del Plan de liquidación

  5. Otro acto concursal12/06/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 149/2019Juge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 25/04/2019

    Nombramiento de Administrador concursal

  6. Otro acto concursal08/05/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de MadridProc. 149/2019Ordonnance 03/05/2019

    EDICTO D. Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, hace saber: 1.- Que en el concurso abreviado 149/2019 por auto de fecha 25/02/2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a NUVEL DEVELOPMENT, S.L. con CIF: B-83352740 y domiciliado en C/ Cuesta Blanca, n.º 211, Alcobendas (Madrid-28108) y NUVEL, S.A., con CIF: A-28639854 y domiciliado en C/ Fresa n.º 1, San Sebastián de los Reyes (Madrid-28703). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de Administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Enrique Llopis Millán con domicilio postal en Calle Goya, n.º 15, 1.º p (Madrid-28001), y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 3 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.