Procédure collective
OCHANKO SL
CIF B46453015Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 16/04/2009 → 28/11/2019
- Procédure
- 45/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/11/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaProc. 45/2009Ordonnance 14/11/2019
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 45/2009 se ha dictado, a instancia de la Administración concursal, en fecha de 14 de noviembre de 2019, auto de conclusión del concurso de la deudora Ochanko, S.L., con CIF B46453015, habiéndose aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma de Mallorca, 14 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
- Otro acto concursal16/04/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Palma de MallorcaOrdonnance 23/03/2009
El Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 45/09, por auto de 23 de marzo de 2009, se ha declarado en Concurso Necesario al deudor Ochanko, S.L., con CIF B46453015, con domicilio en Calle Vial 4, manzana E, Edificio Naves Blancas del Poligono de Son Oms, de Palma. Segundo.- Que el deudor ha sico suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo susituido por la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo de esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado y en el/los periódicos El Mundo el Dia de Baleares. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 23 de marzo de 2009.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.