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Procédure collective
OCISPORT TREN SL
CIF B81997959Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 03/02/2011 → 14/04/2012
- Procédure
- 823/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación14/04/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridOrdonnance 27/03/2012
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la L.C., anuncia: Que en el procedimiento concursal número 823/10 referente al concursado Ocisport Tren, S.L., B-81997959 por auto de fecha 27 de marzo de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2º.- la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3º.- Declarar disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 28 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal03/02/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 823/2010Ordonnance 17/01/2011
D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 823/2010, por auto de fecha 17 de enero de 2011 se ha declarado en concurso al deudor Ocisport Tren, S.L., con CIF: B-81997959. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C., y en el plazo de un mes a contar desde el día de esta publicación. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberían hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Madrid, 17 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.