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Procédure collective
OCTOPUS MEDIA SL EN LIQUIDACION
CIF B86225786Voir la fiche société →
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- 1 — 25/11/2014 → 25/11/2014
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal25/11/2014⚖️ MADRIDOrdonnance 11/09/2014
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 725/14, por auto de cinco de noviembre de 2014, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "Octopus Media, S.L.", CIF: B 86225786, con domicilio en Boadilla del Monte (Madrid), C/ Impresores, nº 14. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración concursal nombrada, Astrea Estudio Jurídico, S.L.P., CIF: B-86937158, siendo la persona natural que la representa en el cargo don José Antonio Molina Gómez de Segura, DNI 50807577 W, Abogado, por presentación o remisión por correo certificado, a calle Castelló, número 24, escalera 2, 5º derecha, de Madrid 28001, o bien por correo electrónico a [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Madrid, 11 de septiembre de 2014.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.