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Procédure collective

ODEMAN SERVICIOS URBANISTICOS, SL

CIF B33581646Voir la fiche société

Publications
423/05/201119/06/2020
Procédure
53/2011
Tribunal
MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación19/06/2020
    ⚖️ SANTANDERProc. 53/2011Ordonnance 15/06/2020

    Edicto. Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado mercantil, n.º 1, de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario n.º 53/2011, se ha acordado por Auto de fecha 15 de junio de 2020, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por finalización de la fase de liquidación, del concursado Odeman Servicios Urbanísticos, S.L. Unipersonal, con C.I.F. n.º B33581646, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de Odeman Servicios Urbanísticos, S.L.U., con C.I.F. n.º B33581646, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 15 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.

  2. Conclusión del concurso16/06/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 53/2011Juge : Carlos Martínez de Marigorta MenéndezOrdonnance 15/06/2020

    Conclusión del concurso

  3. Apertura de liquidación11/04/2013
    ⚖️ SANTANDERProc. 53/2011Ordonnance 22/03/2013

    Edicto María de Las Nieves García Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Santander, hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal 53/2011, por auto de fecha veintidós de marzo de dos mil trece, se ha acordado la Apertura de la Fase de Liquidación en el concurso del deudor Odemán Servicios Urbanísticos, Sociedad Limitada Unipersonal, con C.I,F. número B33581646, y con domicilio en Polígono Industrial Elegarcu seis de Cacicedo de Camargo, Cantabria. 2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. 3.- De conformidad con el artículo 145.3 Ley Concursal, se declara la disolución de Odemán Servicios Urbanísticos, Sociedad Limitada Unipersonal, así como el ceses de sus administraciones, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 Ley Concursal, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones. 5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Santander, 22 de marzo de 2013.- El /La Secretario.

  4. Otro acto concursal23/05/2011
    ⚖️ SANTANDEROrdonnance 04/05/2011

    Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santander, Hago saber; 1.º Que en el procedimiento concursal 0000053/2011, por auto de fecha 04 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso al deudor Odemán Servicios Urbanísticos, Sociedad Limitada, con CIF número B33581646, y con domicilio en Polígono Industrial Elegarcu, 6, de Cacicedo de Camargo, Cantabria. 2.º Que se suspende al deudor en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. 3.º Que los acreedores del concursado debe poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Santander, 4 de mayo de 2011.- La Secretaria.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.