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Procédure collective
OL. TX. PERNET SOCIEDAD LIMITADA
CIF B48844625Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 24/02/2021 → 24/02/2021
- Procédure
- 1/2020
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal24/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 1/2020Ordonnance 12/02/2021
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, la Letrada de la Administración de Justicia doña Fernanda Abiega Gil, anuncia: 1.º- Que en el procedimiento número 18/2021, correspondiente al deudor OL.TX. Pernet, S.L., con C.I.F. B48844625, por auto de 12 de febrero de 2021 se ha declarado y concluido en concurso voluntario al deudor cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: 1.- Se declara el concurso voluntario de OL.TX.Pernet, S.L., con NIF número B48844625. Simultáneamente, se declara su conclusión por insuficiencia de la masa activa. 2.- Publíquese esta resolución en el Registro Público Concursal y en el «Boletín Oficial del Estado». La publicación de los edictos tendrá carácter gratuito. El oficio con el edicto se entregarán al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado. 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada. Cancélese su inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto, una vez firme esta resolución, se expedirá mandamiento al citado Registro. 4.- Notifíquese esta resolución a las partes personadas y al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia. 5. - Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 503 y siguientes del TRLC. Bilbao, 15 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.