Procédure collective
OLROSMO SL
CIF B73469595Voir la fiche société →
- Publications
- 13 — 15/11/2018 → 29/09/2021
- Procédure
- 217/2018 · 11/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · MERCANTIL - 2
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal29/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 09/09/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal29/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 09/09/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso29/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 09/09/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso09/09/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 09/09/2021
Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de OLROSMO SL.
- Otro acto concursal24/03/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 24/03/2021
El concurso de OLROSMO SL debe calificarse como culpable. Debo absolver y absuelvo a DANIEL JOSE BARBA SANCHEZ de las peticiones formuladas frente al mismo.
- Otro acto concursal17/10/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 15/10/2019
Plazo 10 días cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, puede personarse en sección 6¨ª, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
- Otro acto concursal17/10/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 15/10/2019
Debo acordar y acuerdo aprobar el plan de liquidación propuesto por la administración concursal de la entidad OLROSMO S.L., en su escrito presentado el día 25 de junio de 2019.
- Otro acto concursal04/07/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 02/07/2019
PLAZO 15 DIAS OBSERVACIONES PLAN LIQUIDACION
- Otro acto concursal12/06/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 11/06/2019
Que debo fijar la retribución definitiva en fase común a favor de la administración concursal en la suma de 18.975,75 euros.
- Apertura de liquidación12/06/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 11/06/2019
Declarar finalizada la fase común del procedimiento concursal del deudor OLROSMO S.L.. Abrir la fase de liquidación. Se declara disuelta la mercantil OLROSMO S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración
- Otro acto concursal18/03/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 14/03/2019
AUTO FIJA HONORARIOS FASE PROVISIIONALES ADMINSITRADOR ACONCURSAL 18.964,24 euros.
- Otro acto concursal05/03/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 217/2018Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 28/02/2019
PLAZO 10 DIAS IMPUGNACION INFORME ADMINISTRADOR CONCURSAL, INVENTARIO BIENES Y/O LISTA ACREEDORES
- Declaración de concurso15/11/2018⚖️ MURCIAProc. 11/2018Ordonnance 09/11/2018
Edicto D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección Primera Declaración concurso 0000217 /2018 y NIG nº 3003047120180000416 se ha dictado en fecha 05/11/2018 auto de declaración de concurso necesario del deudor Olrosmo S.L., con CIF B-73469595, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Molina de Segura (Murcia), Plaza de la Cerámica, 6-1º C.P. 30500. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad Gescon Auditores y Abogados Sociedad Limitada Profesional, representada para este concurso por el Economista José Madrid González, domicilio en Calle Apóstoles, número 26, 3º-A C.P. 30001 (Murcia), teléfono 968355500, fax 968355111 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 9 de noviembre de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.