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Procédure collective
ONDARRA SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION
CIF A48008981Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 03/08/2009 → 13/10/2010
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación13/10/2010⚖️ BILBAOOrdonnance 29/09/2010
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 462/09 referente al concursado Ondarra, Sociedad Anónima, con NIF A48008981, por auto de fecha 29.09.10 se ha acordado lo siguiente: Primero.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.-Se ha declarado disuelta la mercantil Ondarra, Sociedad Anónima, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 29 de septiembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal03/08/2009⚖️ BILBAO.Ordonnance 23/07/2009
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 462/09, por auto de 23 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ondarra, Sociedad Anónima, con NIF A48008981, con domicilio en calle Egaña, número 17-6.º 48010 Bilbao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao (Bizkaia), 23 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.