Procédure collective
ORNALUX SA
CIF A33025974Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 29/01/2013 → 12/05/2023
- Procédure
- 208/2012
- Tribunal
- Mercantil de Oviedo - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso12/05/2023⚖️ Mercantil de Oviedo - 2Proc. 208/2012Juge : miguel alvarez-linera pradoOrdonnance 26/04/2023
edicto por que se acuerda conclusion del concurso
- Apertura de liquidación05/06/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de OviedoOrdonnance 16/05/2013
D. Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, Anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 0000208/2012, referente al concursado Ornalux, S.A., por auto de fecha 16 de mayo de 2013, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la sociedad Ornalux, S.A., CIF A-33025974, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Oviedo, 16 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso29/01/2013⚖️ OVIEDOOrdonnance 26/12/2012
Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000208/2012, y NIG 33044 47 1 2012 0000501, se ha dictado en fecha 26 de diciembre de 2012, auto de Declaración de Concurso del deudor "Ornalux, S.A.", con CIF A33025974, cuyo centro de intereses principales lo tiene en polígono Villar s/n, San Martín del Rey Aurelio, Asturias. 2.º Se ha acordado que la mercantil deudora conserve las facultades de administración y disposición, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a don Domingo Villaamil Gómez de la Torre, con domicilio profesional en calle Gil de Jaz, n.º 3, 5.º B, de Oviedo, teléfono: 985276620, fax: 985272747, y dirección electrónica: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen en el plazo de un mes a la administración concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Para personarse los acreedores deben hacerlo por medio de Abogado y Procurador. Oviedo, 15 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.