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Procédure collective

OSMOBRA CONSULTING SL EN LIQUIDACION

CIF B54577143Voir la fiche société

Publications
314/11/201620/06/2019
Procédure
576/2016
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal20/06/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 576/2016Ordonnance 17/10/2016

    Resolución sobre las facultades de administración

  2. Otro acto concursal20/06/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 576/2016Juge : JUAN PABLO RINCON HERRANDOOrdonnance 17/10/2016

    PLAN LIQUIDACION

  3. Otro acto concursal14/11/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de AlicanteOrdonnance 17/10/2016

    EDICTO Dª Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 17 de octubre de 2016 en el procedimiento con número de autos 576/16-R y N.IG. 03014-66-1-2016-0001279 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Osmobra Consulting, S.L., con CIF B-54577143 y con domicilio en la calle de La Rioja, nº 5, C.P. 03501, de Benidorm (Alicante); Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D/Dª Juan Carlos Molina Albert, con domicilio postal en Avenida Aguilera, nº 38, 2º A, 03006 Alicante, teléfono 966665657, fax 966 664 318 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 28 de octubre de 2016.- La letrada Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.