Accueil›Justice›PADEL ONE INTERNACIONAL SL EN LIQUIDACION
Procédure collective
PADEL ONE INTERNACIONAL SL EN LIQUIDACION
CIF B36999274Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 23/01/2013 → 25/05/2026
- Procédure
- 482/2012
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE PONTEVEDRA 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso25/05/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE PONTEVEDRA 3Proc. 482/2012Ordonnance 22/01/2026
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal15/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE PONTEVEDRA 3Proc. 482/2012Juge : ANA MARIN HERREROOrdonnance 22/01/2026
AUTORIZO LA VENTA DIRECTA DE LAS FINCAS REGISTRALES Nº 86017 Y 86081 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 1 DE ALGECIRAS
- Otro acto concursal04/05/2013⚖️ PONTEVEDRAOrdonnance 18/03/2013
Edicto D/D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Xdo. Do Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, anuncia: 1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000482/12, referente al deudor Padel One Internacional, S.L., con C.I.F núm. B-36.999.274 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el invetario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Vigo, 18 de marzo de 2013.- El/la Secretario/o judicial.
- Otro acto concursal03/05/2013⚖️ PONTEVEDRAOrdonnance 20/03/2013
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil Núm. 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia: Que en el Sección V Declaración Concurso 482/12, referente al concursado Padel One Internacional, S.L, con C.I.F. número B-36.999.274, por auto de fecha de veinticinco de febrero de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente: 1.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal. 2.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. vigo, 20 de marzo de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso23/01/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraOrdonnance 19/12/2012
Edicto. Doña MARIA LUISA SÁNCHEZ GARRIDO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, Hago saber: Que en la SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 482/12, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha de 19 de diciembre de 2012 Auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora PADEL ONE INTERNACIONAL, S.L., con C.I.F. número B-36.999.274 con domicilio en Vigo, Parque tecnológico y Logístico de Vigo, calle C-B, parcela 10.07, Valladares (CP 36312). 2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora. 3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal. 4.º El administrador concursal designado es el Economista D. JOSÉ LUIS TIEVO SOLIÑO, con D.N.I. 76.804.314-T y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en calle Eduardo Vicenti, núm. 35, bajo B, Bueu, código postal 36930, y con correo electrónico: [email protected] 5.º Igualmente se ha acordado el llanamineto de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de indentidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a(artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 19 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.