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Procédure collective
PADIFLEX SOCIEDAD LIMITADA
CIF B91007831Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 23/05/2015 → 05/04/2018
- Procédure
- 12/2017 · 04/2015
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal05/04/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 12/2017Ordonnance 19/12/2017
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1105/15-8, referente al concursado Padiflex, S.L.U., C.I.F. B-91007831, por auto de fecha 19/12/2017 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de Padiflex, S.L.U., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 1105/15. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 19 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal23/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de SevillaProc. 04/2015Ordonnance 11/05/2015
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1105/15, por auto de 30/04/2015 se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Padiflex, S.L.U., con C.I.F. B-91007831, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en C/ Alameda, 12, de Coria del Río (Sevilla). 2º-. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. directamente ante la administración concursal Dª Rosario Sánchez de Medina Latorre, en su dirección de C/ José Laguillo, 28, Bajo 1, de Sevilla, correo electrónico:[email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 11 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.