Procédure collective
PAMUBRA SL
CIF B62423900Voir la fiche société →
- Publications
- 8 — 17/08/2020 → 20/11/2025
- Procédure
- 1148/2020
- Tribunal
- MERCANTIL DE BARCELONA Nº 002 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA · MERCANTIL - 2
- Administrateur judiciaire
- Se ha designado como Administrador concursal: ADVECON LAW & ECONOMICS, S.L.P.
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso20/11/2025⚖️ MERCANTIL DE BARCELONA Nº 002Proc. 1148/2020Juge : Álvaro Lobato LavinOrdonnance 19/11/2025
Edicto
- Conclusión del concurso25/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 1148/2020Juge : Ignacio Fernández de SenespledaOrdonnance 10/02/2026
ver edicto
- Otro acto concursal19/08/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 1148/2020Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 14/01/2022
Acuerdo aprobar el plan de liquidación con las reglas establecidas en la presente resolución. Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación
- Otro acto concursal19/08/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 1148/2020Juge : CONCEPCION RAMIREZ PEÑAOrdonnance 14/01/2022
AUTO DECLARA CONCURSO CONSECUTIVO
- Convenio de acreedores19/08/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 1148/2020Juge : ANA SALMERON MARTINEZOrdonnance 14/01/2022
Acordando tener por presentado Informe de la adm:i.nistracíón concursal que exige el art. 292 del TRLC, su notíficacion a quienes se hubieren personado en el concurso y publícacion en el Registro público concursal .y en el tablón de anuncios.
- Convenio de acreedores25/01/2022⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 1148/2020Juge : ISABEL GIMENEZ GARCIAOrdonnance 14/01/2022
EDICTO
- Declaración de concurso22/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 1148/2020Juge : MARIA LUISA MIRANDA DE MIGUELOrdonnance 29/07/2020
las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la Administración concursal. Se ha designado como Administración concursal a D. PASCUAL VADILLO ZABALLOS con D.N.I. número 13123224-E, con domicilio en Burgos, AVDA. CANTABRIA
- Declaración de concurso17/08/2020⚖️ BARCELONAProc. 1148/2020Ordonnance 29/07/2020
Doña María Carmen Fernández Hidalgo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto: Concurso abreviado 1148/2020. Sección: R. NIG: 0801947120208013738. Fecha del auto de declaración: 29 de julio de 2020. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: PAMUBRA, S.L., con CIF B62423900. Administradores concursales: Se ha designado como Administrador concursal: ADVECON LAW & ECONOMICS, S.L.P., quien designa a Ander Bereciartu Montesinos. Dirección postal: calle Mallorca 277, 6.º, 1.ª, 08037 Barcelona. Teléfono 603753620. Fax 902996077. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona. Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 30 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Carmen Fernández Hidalgo.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.