AccueilJusticePANIFICADORA LUISA SL

Procédure collective

PANIFICADORA LUISA SL

CIF B50030766Voir la fiche société

Publications
409/12/201323/10/2019
Procédure
383/2013 · 11/2013

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso23/10/2019
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 383/2013Ordonnance 18/10/2019

    Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, Hago saber: Primero. Que en el Concurso Necesario y Abreviado número 383/2013-C frente al deudor Panificadora Luisa, S.L., CIF B50030766, se ha dictado el 18 de octubre de 2019 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 18 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.

  2. Apertura de liquidación13/02/2014
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 383/2013Ordonnance 03/02/2014

    Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Zaragoza, Anuncia: Que en el Concurso 383/2013-C, referente al concursado Panificadora Luisa, S.L., C.I.F.: B-50030766, por auto de fecha 3/02/2014, se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la administración concursal. 2.-Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.-Se ha declarado disuelta la mercantil Panificadora Luisa, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Zaragoza, 3 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal28/01/2014
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 383/2013Ordonnance 13/01/2014

    Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en el Concurso 383/2013-C, referente al deudor Panificadora Luisa, S.L., C.I.F. B-50030766 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Zaragoza, 13 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

  4. Otro acto concursal09/12/2013
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 11/2013Ordonnance 21/11/2013

    Doña Carmen Montaner Zueras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1. Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 383/13-C y N.I.G. 50297 47 1 2013 0000826. 2. Carácter del concurso: Necesario y abreviado. 3. Fecha de declaración: 18/11/2013. 4. Deudor en concurso: Panificadora Luisa, S.L., CIF B50030766, con domicilio en Cadrete (Zaragoza), Ctra. de Valencia km 486, nave 36. 5. Facultades de administración: Suspendidas. 6. No ha solicitado la liquidación. 7. Administración concursal: La sociedad "Val Asesores de Empresas, S.L.", CIF B50574953. Domicilio postal: P.º Independencia, n.º 21, 5.º Centro, 50001 Zaragoza. Dirección electrónica: [email protected] Teléfono: 976230800. 8. Plazo de comunicación de créditos: Un mes, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. No se admitirán comunicaciones de crédito en el Juzgado. 9. Personación: Por medio de Abogado y Procurador. Zaragoza, 21 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.