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Procédure collective

PAPELERA DE AMASA SA

CIF A28807501Voir la fiche société

Publications
430/12/201327/03/2024
Procédure
387/2013
Tribunal
Mercantil - 4 · Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal27/03/2024
    ⚖️ Mercantil - 4Proc. 387/2013Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 25/03/2024

    SEGÚN EDICTO

  2. Otro acto concursal09/01/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridProc. 387/2013Ordonnance 15/10/2014

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número concurso abreviado 387/2013, referente al concursado Papelera de Amasa, S.A., CIF A 28807501 se ha aprobado el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado presentado por la administración concursal 2. Se ha ordenado la formación de la sección sexta. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se hubiera dado a la resolución que acuerde la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168.1 LC). Madrid, 15 de octubre de 2014.- El/La Secretario/a judicial.

  3. Apertura de liquidación12/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 4 de MadridProc. 387/2013Ordonnance 19/02/2014

    El Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 387/2013 referente al deudor Papelera de Amasa S.A,, CIF A-28807501, 1.º Se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. 2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Se declara la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Se ha declarado disuelta la sociedad mercantil Papelera de Amasa, S.A., CIF A28807501, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 19 de febrero de 2014.- El/la Secretario Judicial.

  4. Otro acto concursal30/12/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 4 de MadridProc. 387/2013Ordonnance 10/09/2013

    El Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 387/2013, por auto de 10 de septiembre de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Papelera de Amasa, S.A., CIF: A-28807501, con domicilio en la calle Juan Álvarez Mendizábal, n.º 13, de Madrid, CP 28008, que coincide con el centro de principales intereses. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Se nombra administrador único del concurso a D. Luis Fernández Fadrique, economista que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC. Designa despacho profesional para que los acreedores comuniquen sus créditos en Madrid en la calle Secoya, 3.º, 5.º,1.º, 28054 Madrid, y correo electrónico "[email protected]",teléfono 912251876 y fax 913092938. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC) Madrid, 10 de septiembre de 2013.- El/la Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.