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Procédure collective

PARAVER TV SL

CIF B97089312Voir la fiche société

Publications
215/02/201030/04/2011
Procédure
1158/2009

Chronologie du dossier

  1. Convenio de acreedores30/04/2011
    ⚖️ VALENCIAProc. 1158/2009Ordonnance 31/05/2011

    Doña Amparo Prieto Trenco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores núm. 1158/2009 relativos a la mercantil Paraver TV, S.L. con domicilio en Bellreguard (Valencia), Camí Vell de Gandia núm. 56 A, y C.I.F. número B-97089312, se ha dictado auto de este fecha por el que se decreta la terminación de la fase común del concurso y la apertura de la fase de convenio, señalándose para que tenga lugar la pertinente Junta de Acreedores el próximo día 31 de mayo de 2011, a la diez horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115-3 LC. Deberán comparecer con los documentos originales que acrediten su identidad y la representación en que intervengan, en su caso. Lo que se hace saber, para general conocimiento y a los efectos del artículo 111-2 en relación con el artículo 23 LC. Valencia, 16 de marzo de 2011.- La Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso15/02/2010
    ⚖️ VALENCIAOrdonnance 25/01/2010

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores 1158/09 se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Paraver TV, S.L., con CIF B-97089312, y domicilio en Bellreguard (Valencia), camí Vell de Gandía, 56 A, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administrador concursal. Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE de este Edicto puedan comunicar sus créditos. Valencia, 25 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.