AccueilJusticePATRIMONIAL MONTS SL

Procédure collective

PATRIMONIAL MONTS SL

CIF B60465747Voir la fiche société

Publications
320/02/201412/02/2025
Procédure
541/2013
Tribunal
Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 541/2013Juge : Berta Pellicer OrtizOrdonnance 10/02/2025

    Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil PATRIMONIAL MONTS, S.L. con CIF B60465747 dando por concluido el concurso en todas sus secciones y cesando todos los efectos de la declaración del concurso

  2. Otro acto concursal08/01/2025
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 541/2013Juge : Berta Pellicer OrtizOrdonnance 23/12/2024

    la Administración concursal de PATRIMONIAL MONTS, S.L., ha presentado solicitud de conclusión e informe de rendición de cuentas.

  3. Declaración de concurso20/02/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 541/2013Ordonnance 03/02/2014

    D/Dña. Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 541/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Patrimonial Monts, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.-Concurso voluntario 541/2013, Sección C4. Nig del procedimiento.-0801947120138003887. Entidad concursada.-Patrimonial Monts, S.L., con CIF n.º B60465747. Tipo de concurso.-Voluntario. Fecha del auto de declaración.-25/10/2013. Administrador/res concursal/es.-Joan Mitjans Cubells, con domicilio en Barcelona, Avenida Diagonal, 405 pral. 4.ª, teléfono 932688740, y con correo electronico [email protected]. Facultades del concursado.-Intervenidas. Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 3 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.