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Procédure collective
PAVINTE DEL SUR SL
CIF B92263300Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 23/10/2009 → 13/02/2017
- Procédure
- 1014/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 BIS
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal13/02/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 BISProc. 1014/2009Ordonnance 18/11/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 BIS, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1014/2009, con NIG 2906742M20090001476 por auto de fecha 18 de noviembre de 2016 se ha concluido el concurso del deudor Pavinte del Sur, S.L, CIF: B-92263300, produciendo los efectos del articulo 178 de la Ley Concursal. Málaga, 23 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal23/10/2009⚖️ MÁLAGAProc. 1014/2009Ordonnance 08/10/2009
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.-Que en el procedimiento número 1014/2009, por auto de 8 de octubre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Pavinte del Sur, S.L., con N.I.F: B-92263300, domicilio en calle Bruselas, número 25, Polígono Industrial San Luis, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio del Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Málaga, 8 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.