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Procédure collective

PCS GRAPHIC ART PRODUCTS SL

CIF B73336331Voir la fiche société

Publications
703/05/201826/01/2022
Procédure
101/2018
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA · MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA · Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal26/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA Proc. 101/2018Ordonnance 13/05/2021

    Nombramiento de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal22/07/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 101/2018Juge : MARIA DOLORES DELAS HERAS GARCIAOrdonnance 22/07/2021

    ACUERDO aprobar, como plan definitivo del concurso de la mercantil PCS GRAPHIC ART PRUDUCTS, S. L. U. el propuesto por la administración concursal,

  3. Otro acto concursal25/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 101/2018Juge : MARIA JOSE ROIG SAPIÑAOrdonnance 21/06/2022

    SE HA ACORDADO LA CONCLUSION DEL CONCURSO POR INEXISTENCIA DE BIENES Y ARCHIVO DE ACTUACIONES

  4. Conclusión del concurso25/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 101/2018Juge : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAOrdonnance 21/06/2022

    Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal Formar la Sección sexta de calificación del concurso

  5. Otro acto concursal26/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 101/2018Juge : MARCOS BERMUDEZ AVILAOrdonnance 30/04/2021

    HOMOLOGACION ACUERDO REFINANCIACION

  6. Apertura de liquidación15/05/2021
    ⚖️ MURCIAProc. 101/2018Ordonnance 30/04/2021

    Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 1, anuncia: Que en este órgano judicial se tramita Propuesta Anticipada de Convenio 101/2018, referente al deudor PCS Graphic Art Products, S.L., con CIF B73336331, por auto de fecha 30 de abril de 2021, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso. 2.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de la Administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título VIII de la ley. Murcia, 6 de mayo de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  7. Declaración de concurso03/05/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de MurciaProc. 101/2018Ordonnance 15/04/2018

    Edicto Doña. Ana Maria Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Murcia, por el presente, Hago Saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 101/2018 y NIG nº 30030 47 1 2018 0000100 se ha dictado en fecha 15 de abril de 2018 auto de declaración de concurso del deudor Pcs Graphic art Products, S.L.U, con CIF B-73336331, con domicilio en Avd./ de Suecia nº. 4, parcela 4-9 Polígono Industrial de Alhama de Murcia, Alhama de Murcia (Murcia). 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal a al economista Pedro Alcazar Moreno, con D.N.I. número 23198947-C mayor de edad, quien lo hace en representación de la sociedad nombrada administrador concursal Dasem Abogados Y Economistas, Slp, con CIF B-73748014, con domicilio profesional en c/ Junterones nº. 8, entlo, 30008 Murcia, y teléfono 968202788, fax 968202845, [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, el que ha aceptado el cargo en fecha 23/04/2018. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso lo será en el Registro Público concursal. 6.º Se ha presentado propuesta anticipada de convenio por el deudor que ha sido admitida a trámite y queda a disposición de los interesados en esta oficina judicial. Murcia, 27 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.