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Procédure collective
PEDRO ECHEVERRIA SL
CIF B20093282Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 13/10/2011 → 07/03/2012
- Procédure
- 843/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Donostia - San Sebastián
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación07/03/2012⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 843/2011Ordonnance 22/02/2012
Edicto. EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 843/2011 referente al concursado PEDRO ECHEVERRÍA, S.L., con DNI B20093282, por auto de fecha 22/02/2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil PEDRO ECHEVERRÍA, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia-San Sebastián, 22 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal13/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Donostia - San SebastiánProc. 843/2011Ordonnance 28/09/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Donostia - San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23 LC, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 843/2011, por auto de se ha declarado en concurso al deudor Pedro Echeverria, S.L., con NIF B20093282, con domicilio en calle Sierra de Aralar - Barrio de Loiola, n.º S/N - 20014 Donostia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Donostia -San Sebastián, 28 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.