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Procédure collective

PEDRO LUIS DARIAS SL

CIF B38425138Voir la fiche société

Publications
506/06/201304/10/2024
Procédure
84/2012
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal04/10/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 84/2012Juge : Guzmán Eliseo Savirón DíezOrdonnance 09/09/2024

    ...providencia por la que se revoca a Dña. Mónica Domínguez-Mascaró García, como representante de la administración concursal ERNST & YOUNG, y se nombra como nuevo representante de dicha administración del concurso a D. Guillermo Ramos González...

  2. Otro acto concursal09/07/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 84/2012Juge : NÉSTOR PADILLA DÍAZOrdonnance 24/05/2021

    ...se ha dictado el día 24-05-2021 auto de aprobación del plan de liquidación en el que, entre otros pronunciamientos, se acuerda la apertura de la sección de calificación, con todos los efectos a ello inherentes.

  3. Declaración de concurso16/11/2020
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 84/2012Ordonnance 04/11/2020

    Edicto Cedula de Notificación Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife por el presente se, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 84/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Don Pedro Luis Darias, S.L. y CIF número B38425138, se ha dictado auto de fecha 4 de noviembre de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "... 1. Se acuerda el Fin de la Fase Común del presente procedimiento del deudor Pedro Luis Darias, S.L. 2. Se apertura la fase de liquidación formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de este auto. 3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con los efectos establecidos en los artículos 411 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). 4. Se declara disuelta la sociedad concursada cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la administración concursal. Conforme al artículo 413 se declara la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita y descendientes bajo su potestad. 5. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 6. De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 35 y siguientes del TRLC. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijará en el tablón de anuncios del juzgado y se publicará en el Registro Público concursal. Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil. 7. En el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 416 del TRLC. 8. Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que detallará y cuantificará los créditos contra la masa devengados y pendientes de pago, con indicación de sus vencimientos. Este informe quedará de manifiesto en la oficina judicial. Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición Adicional 15.ª Ley Orgánica del Poder Judicial). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe. Así lo dispone, manda y firma don Néstor Padilla Díaz, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. El Magistrado-Juez de Refuerzo la Letrada de la Administración de Justicia..." Y para que sirva de notificación a todos los acreedores e Interesados, se acuerda la fijación en el Tablón de anuncios del Juzgado y publicación en el Registro Público Concursal, así como en el Boletín Oficial del Estado. Santa Cruz de Tenerife, 4 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Perez de Ascanio Gómez - Pablos.

  4. Declaración de concurso19/11/2013
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 84/2012Ordonnance 23/10/2013

    Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Por el presente, se hace saber: que en procedimiento concursal número 84/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Pedro Luis Darias, Sociedad Limitada, y CIF número B38425138, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público concursal previsto en el artículo 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Santa Cruz de Tenerife, 23 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

  5. Otro acto concursal06/06/2013
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 84/2012Ordonnance 19/04/2013

    Doña Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal 84/2012, se ha dictado auto de fecha 19 de abril de 2013, por la Magistrada-Juez Doña Ana Fernández Arranz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente: "Se declara en concurso, que tiene carácter de necesario abreviado a la Entidad Pedro Luis Darias, Sociedad Limitada, CIF B38425138, y se declara abierta la fase común del concurso…. Se suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. Se nombra a (no acepto el cargo), miembro único de la administración concursal…. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.ª, 84 y 85 de la Ley Concursal -redacción dada por ley 38/11, de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación acordada en este Auto (Boletín Oficial del Estado), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medio electrónicos. Por auto de fecha 26 de abril de 2013, se designo para la administración concursal a la entidad Ernst & Young, Sociedad Limitada, quien mediante comparecencia efectuada el día 10 de mayo de 2013, a través de su representante legal, designó Administrador Concursal-persona física a don Manuel Andrés Perera Carballo. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 de Ley Concursal. Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el administrador concursal de este procedimiento, es el Economista-auditor Don Manuel Andrés Perera Carballo, con domicilio social en Calle Bravo Murillo, número 5-4.º, código postal 38003, de Santa Cruz de Tenerife, teléfono 922244717 fax 922243307 y correo electrónico [email protected]. Santa Cruz de Tenerife, 13 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.