Accueil›Justice›PEGINFRA SA

Procédure collective

PEGINFRA SA

CIF A30609036Voir la fiche société →

Publications
5 — 05/02/2014 → 18/12/2019
Procédure
563/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · MERCANTIL - 2

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal18/12/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 563/2013Juge : JAVIER QUINTANA ARANDAOrdonnance 21/11/2019

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal18/12/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 563/2013Juge : JAVIER QUINTANA ARANDAOrdonnance 21/11/2019

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso18/12/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 563/2013Juge : JAVIER QUINTANA ARANDAOrdonnance 21/11/2019

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso21/11/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 563/2013Juge : JAVIER QUINTANA ARANDAOrdonnance 21/11/2019

    ACORDANDO CONCLUSION Y APROBANDO RENDICION CUENTAS

  5. Declaración de concurso05/02/2014
    ⚖️ MURCIAProc. 563/2013Ordonnance 23/01/2014

    EDICTO D./D.ª Angela Quesada Martos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil Num Dos de Murcia por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 563/2013 se ha dictado en fecha 23 de enero de 2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Peginfra S.A., con CIF-A-30609036, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Cabezo Beaza de Cartagena (murcia). 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a Antonia Belen López Marín, con domicilio postal en c/ Teresa de Calcuta num. 1 bajo 30800 Lorca (Murcia) y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente página www.oficinajudicialmurcia.es Murcia, 24 de enero de 2014.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.