Procédure collective
PENTATRANS SA
CIF A08646390Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 20/05/2013 → 22/07/2022
- Procédure
- 213/2013
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · MERCANTIL - 3
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal22/07/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 213/2013Juge : AMAGOIA SERRANO BARRIENTOSOrdonnance 01/07/2022
CONCESION BEPI
- Conclusión del concurso22/07/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 213/2013Juge : Montserrat Morera RansanzOrdonnance 01/07/2022
DECRETO ABRE LIQUIDACIÓN POR NO HABER PRESENTADO CONVENIO EN EL PLAZO LEGAL ESTABLECIDO
- Conclusión del concurso12/07/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 213/2013Juge : Rosalia Osorio TenorioOrdonnance 01/07/2022
Articulo 35.1 de la Ley COncursal
- Otro acto concursal31/05/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 213/2013Juge : Rosalia Osorio TenorioOrdonnance 25/05/2022
Articulo 35.1 de la Ley Concursal
- Otro acto concursal01/04/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 213/2013Juge : Rosalia Osorio TenorioOrdonnance 31/03/2022
Articulo 478.3 LC
- Declaración de concurso20/05/2013⚖️ BARCELONAProc. 213/2013Ordonnance 03/04/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 213/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Pentatrans, Sociedad Anónima, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 213/2013 Sección C4 NIG del procedimiento.- 0801947120138000357. Entidad concursada.- Pentatrans, S.A., con CIF A08646390. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 3 de abril de 2013. Administrador/es concursal/es.- Don Jaime Campa Gracia, como Administrador Concursal único, con correo electrónico [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 11 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.