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Procédure collective

PERSANI SL

CIF B80529860Voir la fiche société

Publications
403/04/201304/02/2025
Procédure
92/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID · Mercantil - 11

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal04/02/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 92/2013Ordonnance 17/05/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso04/02/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 92/2013Ordonnance 17/05/2023

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso17/05/2023
    ⚖️ Mercantil - 11Proc. 92/2013Juge : MANUEL RUIZ DE LARAOrdonnance 17/05/2023

    Que en el procedimiento Concurso Abreviado 92/2013 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso Persani S.L., con cif: B80529860, por término de la liquidación conforme al artículo 152.2 de la ley concursal.

  4. Declaración de concurso03/04/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 92/2013Ordonnance 14/03/2013

    Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Anuncia 1.- Que en el concurso número de autos 92/2013, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0001252/2013, por auto de 14 de marzo de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a PERSANI, S.L., con CIF: B-80529860, y domiciliado en C/ Décima Avenida, nave 1, Polígono Las Avenidas, Torrejón de la Calzada (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4.- La identidad de la administración concursal es el Abogado D. Ramón Dávila Guerrero, con D.N.I: 31190922-R, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este juzgado se tendrán por no comunicados. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este juzgado. Madrid, 14 de marzo de 2013.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.