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Procédure collective
PESCADOS TOLO SA
CIF A07284524Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 01/10/2011 → 30/05/2015
- Procédure
- 360/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso30/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 360/2011Ordonnance 12/05/2015
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el n.º 360/2011 se ha dictado a instancia de de la Administración Concursal en fecha 12 de mayo de 2015 Auto de conclusión del concurso del deudor Pescados Tolo, S.A., cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Mercado del Olivar, puestos 79/80, planta Pescadería de Palma de Mallorca y con CIF A-07284524, habiéndose aprobado en el citado Auto la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina judicial. Palma, 12 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso01/10/2011⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 360/2011Ordonnance 12/09/2011
Edicto D. Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 360/2011 se ha dictado a instancias de Pescados Tolo, S.A., con CIF A-07284524, en fecha 07/09/11 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Pescados Tolo, S.A. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 12 de septiembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.