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Procédure collective

PESCAFINA BACALAO SA

CIF A36366508Voir la fiche société

Publications
220/09/201417/11/2015
Procédure
269/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra

Chronologie du dossier

  1. Convenio de acreedores17/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraProc. 269/2014Ordonnance 20/07/2015

    D. José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial, Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, anuncia: 1.- Que en la Sección V Convenio 269/2014, en el que figura como concursado Pescafina Bacalao, S.A., con CIF A-36366508, se ha dictado el día 11/6/2015, sentencia, ya firme, aprobando judicialmente el convenio propuesto por Banco Sabadell, S.A. y aceptado por la Junta de Acreedores celebrada el día 22/5/2015. 2.- El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento. Pontevedra, 20 de julio de 2015.- Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso20/09/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraOrdonnance 05/09/2014

    Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 269/14 y NIG n.º 36038 47 1 2014 0000355 se ha dictado en fecha 3/9/14 Auto de Declaración de Concurso de Concurso Voluntario Ordinario del deudor PESCAFINA BACALAO, S.A., con CIF A-36.366.508, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Fuente del Jarro, C/ Onteniente, 12, Paterna (Valencia). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a DELOITTE ADVISORY, S.L., con domicilio postal en Avda. García Barbón, 106, 1.ª, 36201 de Vigo, y dirección electrónica señalada [email protected] o www.administracionconcursalpescafinabacalao.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Pontevedra, 5 de septiembre de 2014.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.