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Procédure collective
PETRA INVENTUM SL
CIF B64994049Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 09/10/2013 → 24/10/2015
- Procédure
- 518/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso24/10/2015⚖️ BARCELONAProc. 518/2013Ordonnance 05/10/2015
Edicto dando publicidad al archivo de Concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia, en sust., del Juzgado Mercantil n,º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 518/2013-C2, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Petra Inventum, S.L., con CIF núm. B64994049 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.-Concurso voluntario 518/2013 Sección C2. Nig del Procedimiento. 08019 - 47 -1 - 2013 - 8003861. Entidad Concursada.- Petra Inventum, S.L., con CIF n.º B64994049. Tipo de Concurso.-Voluntario. Fecha del Auto de Conclusión.-5 octubre de 2015. Dado en Barcelona, 5 de octubre de 2015.- El letrado de la Administracion de Justicia sust.
- Declaración de concurso09/10/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 518/2013Ordonnance 23/09/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 518/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Petra Inventum, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso Voluntario 518/2013 sección C2 NIG del Procedimiento.- 4004/13 Entidad Concursada.- Petra Inventum, S.L., con CIF n.º B64994049. Tipo de Concurso.- voluntario Fecha del Auto de Declaración.- 2.09.2013 Administrador/es Concursal/es.- Elisenda Vila i Saborit, con domicilio social en C. Balmes, 260, 4.º, 1.ª, 08006 Barcelona, tel. núm. 932187152, fax núm. 932371018 y correo electrónico: [email protected]. Facultades del Concursado.- intervenido. Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 23 de septiembre de 2013.- La Secretraria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.