Procédure collective
PETRECAL SL
CIF B09433525Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 16/03/2013 → 08/02/2019
- Procédure
- 6/2013
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal08/02/2019⚖️ BURGOSProc. 6/2013Ordonnance 09/03/2016
Edicto Doña Cristina Rubio Domingo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Burgos, por el presente hago saber: 1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial como concurso abreviado 6/2013 y N.I.G. 09059 42 1 2013 00000129, se ha dictado en fecha 9 de marzo de 2016 auto declarando la conclusión y archivo del concurso de acreedores de la mercantil deudora PETRECAL, S.L., con C.I.F.B09433525, y domicilio en Burgos, calle Batalla Navas de Tolosa, 9, bajo. 2º.- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal. Burgos, 4 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Rubio Domingo.
- Otro acto concursal16/03/2013⚖️ BURGOSProc. 6/2013Ordonnance 25/02/2013
Edicto Doña Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Burgos, por el presente hago saber: 1.- Que en Sección Primera del Procedimiento Concursal número 6/2013 y NIG número 09059.42 1 2013 0000129, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 13-02-2013 Auto declarando en concurso voluntario del deudor Petrecal, Sociedad Limitada, con CIF número B09433525, y domicilio social en la calle Batalla de las Navas de Tolosa, número 9, bajo, Burgos. 2.- Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal designada de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor. Se ha designado, como administración concursal al economista don Eduardo Ordóñez Alonso, con domicilio postal en la Avenida Cantabria, número 65, bajo, código postal 09006 Burgos, y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Burgos, 25 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.