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Procédure collective
P. H. RICOTERAPIA, S.L. EN LIQUIDACION
CIF B19257351Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 21/06/2011 → 25/03/2017
- Procédure
- 248/2011
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso25/03/2017⚖️ GUADALAJARAProc. 248/2011Ordonnance 08/03/2017
Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Que en el procedimiento concursal número 248/2011, por Auto de fecha 8 de marzo de 2017, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por la insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa del concursado PH RICOTERAPIA, S.L., con CIF B-19257351. Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado, disponiendo así mismo la extinción de la sociedad concursada y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda. La declaración de concurso del deudor, dentro de los cinco años siguientes a la reseñada Resolución, tendrá la consideración de reapertura de éste procedimiento. Guadalajara, 15 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal21/06/2011⚖️ GUADALAJARAOrdonnance 13/06/2011
Edicto. Doña Pilar Henar Mariscal, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 0000248/2011, por auto de fecha 16 de Mayo de 2.011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor PH Ricoterapia, S.L., CIF n.º B-19257351, con domicilio en C/ Navas s/n El Casar (Guadalajara). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal integrada por el Economista n.º 23471 del Colegio Oficial de Economistas de Madrid don José Manuel Álvarez Arias, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Guadalajara, 13 de junio de 2011.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.