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Procédure collective
PINTURAS DOKAR SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95026431Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/07/2009 → 23/03/2010
Chronologie du dossier
- Convenio de acreedores23/03/2010⚖️ BILBAOOrdonnance 26/02/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 504/09, referente al deudor Pinturas Dokar, S.L., con NIF B-95026431, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Cuarto.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Bilbao (Vizcaya), 26 de febrero de 2010.- El/la Secretario Judicial.
- Otro acto concursal20/07/2009⚖️ BILBAO.Ordonnance 03/07/2009
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 504/09, por auto de 3 de julio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Pinturas Dokar, S.L., con NIF B-95026431, con domicilio en calle Doctor Fleming, número 23 – 1.º izquierda, 48980 – Santurce, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Santurce. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Bilbao (Bizkaia), 6 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.